Prohibida la carga y descarga por el conductor
Este septiembre ha entrado en rigor la nueva normativa sobre las labores de carga y descarga de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
La nueva Ley dictamina que las labores de carga y descarga no puede hacerlas el propio conductor del vehículo de transporte. Quien incumpla dicha disposición se verá multado con importes de entre 4.000 y 6.000 euros.
La realidad es que estos cambios están suponiendo un problema para una gran cantidad de empresas de transporte, debido a la escasez de personal cualificado para las tascas de carga y descarga. Antes de ser apto para este proceso, la empresa debe haber invertido un tiempo en formación y seguridad del trabajador, intentando afectar al mínimo la efectividad diaria.
Una solución a la que se han podido aferrar las empresas más grandes es la automatización de los procesos de carga y descarga, pero esto no hace más que eliminar del mapa a muchas empresas de transporte españolas, ya que la gran mayoría no tienen suficiente volumen de operaciones como para que la implementación les sea rentable.